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la historia injusta

represión de 2001

Fotografía: Télam

Tras dos años y medio de juicio oral, parte de los 17 acusados por cinco muertes y decenas de heridos sucedidas en la Ciudad de Buenos Aires durante la represión con la que el gobierno de la Alianza se despidió de la presidencia, en diciembre de 2001, fueron condenados el pasado lunes. Más allá de lo irrisoriamente pequeñas que fueron las penas, en ese “parte de” radica la clave para entender cómo y de qué manera el fallo del Tribunal Oral Federal número 6 es histórico y a la vez cínicamente insuficiente en su rol de otorgar “justicia” casi 15 años después de aquella cacería ordenada por el Ejecutivo encabezado por Fernando De la Rúa y ejecutada por la Policía Federal. Porque los funcionarios públicos de aquella época a los que los familiares de las víctimas y los sobrevivientes lograron arrastrar hasta el banquillo de los acusados fueron hallados culpables, algo que nunca antes en la historia del país sucedió y que cobra más importancia aún en el contexto social, político y económico actual, época de protocolos antipiquetes y Plazas de Mayo valladas. Pero es difícil celebrar la decisión cuando la mayoría de los actores directos de los ataques contra los manifestantes de aquellos días encendidos, policías de diversos rangos y dependencias, abandonaron libres los tribunales de Retiro la tarde del lunes. ¿Justicia para quién? ¿Justicia de qué modo? ¿Puede una sentencia convertirse en herramienta de defensa para la sociedad y a la vez sellar la impunidad de un crimen?

 

“Juicio por la represión del 19 y 20 de diciembre de 2001”, etiquetaron al debate que culminó el lunes pasado los medios de comunicación, que no cesan en su intención de triturarlo todo para simplificarlo, como si esa fuera la única manera de volverlo “comprensible”. ¿Es sencilla la construcción de la memoria, la faena de la reparación en términos de justicia? Una y otra tarea son cúmulos de pasos, piezas que, juntas, permiten entender el todo. Creer que lo debatido durante 140 audiencias a lo largo de los últimos 27 meses repasó todas y cada una de las consecuencias que tuvo la represión de diciembre de 2001, o que la conclusión de los jueces José Martínez Sobrino, Rodrigo Giménez Uriburu y Adrián Martín vale para todos y cada uno de aquellos hechos es mirar una foto como si fuera el álbum entero que, claramente, está incompleto. Entonces, el primer paso es enmarcar esa instantánea, que tardó década y media en producirse, revelarse y coleccionarse.

 

EL RECORTE

 

El juicio evaluó responsabilidades políticas y policiales por las muertes de Alberto Márquez, Diego Lamagna, Gastón Riva, Carlos Almirón y Gustavo Benedetto y las heridas sufridas por otros 117 hombres y mujeres durante la represión desatada el 20 de diciembre de 2001. Solo atendió las que se produjeron en el radio comprendido por las avenidas 9 de Julio y Paseo Colón, y las calles Hipólito Yrigoyen y Sarmiento, en pleno microcentro de la Ciudad de Buenos Aires. Entre el 19 y el 20 de diciembre de 2001 murieron entre 36 y 39 personas en todo el país y alrededor de 4500 resultaron heridas, según cifras difundidas recientemente a través de Memoria Abierta, un colectivo de organizaciones defensoras de los derechos humanos entre las que se encuentra el Centro de Estudios Legales y Sociales, que en el juicio representó a las familias de Riva y Lamagna y a una decena de heridos e insistió en las responsabilidades políticas.

 

La inmensa mayoría de esas muertes y esas lesiones permanecen impunes. David Moreno fue asesinado por la Policía de Córdoba. La causa que investiga su muerte fue elevada a juicio oral en 2009. El debate aún no tiene fecha de inicio. En Entre Ríos, la violencia policial del 19 y 20 de 2001 mató a tres personas: Romina Iturain, Eloisa Paniagua y José Daniel Rodríguez. En 2003, la Justicia condenó al cabo Silvio Martínez a 10 años de cárcel por la muerte de Paniagua, pero salió en libertad condicional en 2009. Las otras dos muertes no cuentan con responsables directos identificados. En Buenos Aires, vecinos de Almirante Brown vieron a un policía disparar desde atrás de una columna de un edificio en construcción una protesta callejera de aquellos días. El operativo policial contó con decenas de efectivos con armas de postas de goma, pero aquel usó su arma reglamentaria y mató al adolescente Roberto Gramajo. La investigación judicial no avanzó. El caso más resonante de Santa Fe fue el asesinato de Claudio Lepratti, “Pocho”, el militante de un barrio pobre de las afueras de Rosario, quien recibió un balazo en la garganta como respuesta al pedido que le había hecho a la cana aquella tarde del 19 de diciembre de 2001 de que no disparara porque había muchos nenes en el corte de calles que la fuerza intentaba reprimir. Por su muerte fueron condenados seis policías: uno por su homicidio y otros cinco por encubrirlo. En instancia de apelación, la Justicia anuló las condenas a los encubridores, que luego fue restituida por la Corte Suprema de la provincia. Es el único caso santafesino que logró un avance a nivel judicial.

 

PEQUEÑAS CONDENAS, GRANDES APORTES

 

De los 17 acusados en el juicio que culminó el lunes pasado, cuatro lo fueron por ser considerados los “responsables políticos” de los cinco asesinatos y las cientos de lesiones analizadas en el proceso. ¿Qué significó esa “responsabilidad política” confirmada por el tribunal, aunque no en todas las muertes ni lesiones revisadas en el debate? Que Enrique Mathov y los exdirigentes de la Policía Federal Rubén Santos, Norberto Gaudiero y Raúl Andreozzi ordenaron, aplicaron y debieron controlar la represión de diciembre de 2001, por lo que las consecuencias de ese operativo son su responsabilidad. Si su presencia en el banquillo de los acusados marca un precedente, su condena es el dato fundamental que destaca el cierre del proceso y ayuda, de una manera colectiva, a mitigar el insulto que es para los familiares de las víctimas y los sobrevivientes que la Justicia se haya tomado tanto tiempo para resolver esta situación.

 

Es que si la condena del lunes pasado es útil para alguien, lo es para la sociedad como colectivo, porque cuesta imaginar que repare de manera contundente las muertes, el ninguneo de años y años, la soledad. Hay que decirlo: los familiares de las víctimas y los sobrevivientes de ese 2001, aquellos que recibieron balazos y palazos que el Gobierno de De la Rúa ordenó y la Policía efectuó por salir a la calle a denunciar los abusos que sufrió un país entero durante décadas, estuvieron solos a lo largo del juicio. No hubo movilización de organizaciones políticas ni sociales en la puerta de los tribunales de Retiro siquiera para recibir una sentencia que significa, de alguna manera, una herramienta de protección para todos aquellos que queden en el ojo de una represión de ahora en más. No hubo acompañamiento tampoco en las puteadas que se ganaron los acusados que fueron absueltos, aquellos que dispararon a mansalva balas de plomo contra un pueblo que también reclamó por ellos.

 

Santos lo advirtió, y aún así, no encontró asidero en los jueces: “Midan las consecuencias” del fallo, les dedicó en sus últimas palabras. No vaya a ser cosa que una condena resulte en “atarle las manos” a la Policía “en tiempos de violentos”. Muy a su pesar, seguramente, a partir del lunes, existe una sentencia judicial en la que quedó establecida una advertencia fundamental para los funcionarios públicos a la hora de acudir a la fuerza pública para responder a reclamos públicos y una herramienta útil para los ciudadanos a la hora de defender su derecho a la protesta social, en tiempos en los que el Estado crea un protocolo con el que se autohabilita para desalojar las calles y valla plazas públicas al grito absurdo de “enemigos internos”.

 

Fotografía: Télam
Fotografía: Télam

 

LA POLÍTICA COMO RESPONSABLE

 

Tanto la querella encabezada por el CELS, que representó a las familias de Riva y Lamagna, y a varios sobrevivientes, como la Fiscalía, habían acusado a estos cuatro exfuncionarios de aquella manera: “Explicamos con claridad y utilizando la totalidad de la prueba como, en primer lugar, se confirmó que las cinco muertes respondieron a un patrón de intencionalidad, es decir que no fueron producto de la casualidad ni del desborde de algún que otro efectivo, sino que se dieron todas en el contexto del operativo de represión, consecuencias de graves defectos en coordinación y supervisación de ese operativo. En segundo lugar, se probó que cada uno de los funcionarios superiores acusados tomaron decisiones relevantes ese día para que el operativo fuera desproporcionado y sumamente violento. Y cuando se hizo ostensible la forma en la que la Policía se estaba manejando en la calle, todos ellos, lejos de atenuar ese accionar apostaron a exacerbarlo para cumplir el objetivo político: desalentar la manifestación para sostener al gobierno de De la Rúa. Cuidaron al gobierno por sobre la vida de las personas”, explicó Rodrigo Borda, abogado representante del CELS.

 

Enrique Mathov es el único integrante del Ejecutivo comandado por De la Rúa que fue alcanzado por este proceso. En tiempos de los hechos, el radical era secretario de Seguridad y referente del ala más conservadora del radicalismo. Hoy, integraría el bando de Ernesto Sanz y sería un chocho aliado del PRO en la alianza Cambiemos. Está probado, por cruces telefónicos, testimonios e incluso sus propias declaraciones, que entonces mantenía diálogo directo con las fuerzas policiales. ¿Por qué no tiene a correligionarios con quien compartir el banquillo de los acusados? La naturaleza puede responder en parte; en otra, la propia Justicia: quien era su superior en la cadena de mando, el ministro del Interior, Ramón Mestre, falleció en 2003; al expresidente Fernando De la Rúa lo salvó la Corte Suprema. Con el ímpetu de los familiares de las víctimas y el Ministerio Público Fiscal, la línea de responsabilidades políticas por la represión de 2001 lo alcanzó en 2007, seis años después de iniciada la investigación judicial. A los dos años, el mismo juez que lo había procesado por el homicidio culposo —es decir, sin intención— de las cinco víctimas fatales de la causa de la ciudad de Buenos Aires lo sobreseyó. La sentencia fue confirmada por la Cámara de Apelaciones, la Casación y la Corte Suprema, recién el año pasado. Para las familias de los muertos, “Chupete” es el gran ausente de este juicio, el gran hueco en el proceso de Justicia.

 

Finalmente, en una combinación de los pedidos de condena de la querella de CELS y la Fiscalía que, de alguna manera, mitigó la situación de los acusados, el TOF emitió la primera condena en la historia del país para funcionarios públicos como responsables de una represión. Las condenas fueron más chicas de lo exigido por la querella del CELS y por menos casos de lo solicitado por la FIscalía. El que recibió más años de encierro fue Mathov: cuatro años y nueve meses. A Santos lo castigaron con cuatro años de cárcel; a Gaudiero , tres años y seis meses y a Andreozzi, tres años de prisión en suspenso. Los tres fueron condenados por el homicidio culposo de Riva, Lamagna y Almirón, las víctimas cuyos asesinos directos no pudieron ser identificados a lo largo de una década y media de investigación. La Fiscalía había pedido que se los castigara por las cinco muertes. Recién en agosto próximo, cuando sean difundidos los fundamentos de la sentencia, se sabrá por qué el TOF dejó fuera de la responsabilidad de los ex funcionarios los decesos de Márquez y Benedetto. El primero cayó en la avenida 9 de Julio después de recibir dos balazos que disparó una patota de policías a bordo de un auto y una camioneta. La mayoría de ellos llegó a juicio; la mayoría resultó absuelto. El segundo fue alcanzado por la balacera que surgió desde el interior de la sucursal del Banco HSBC localizado en la esquina de Chacabuco y Avenida de Mayo. Solo un policía fue condenado en el proceso por el encubrimiento de su asesinato. La causa que investiga a otros cinco está a punto de caer.

 

 

Ninguno exfuncionario quedó detenido. Para que eso pase, la sentencia deberá quedar firme, por ende, superar diversas instancias de Justicia superiores al tribunal que la emitió. El tiempo, entonces, vuelve a correr: las partes recién podrán presentar sus apelaciones, es decir, las discusiones al fallo, después de que se conozcan los fundamentos.

 

EL RECLAMO COMO AGRESIÓN

 

Además de quienes ocuparon cargos “de poder” —como si portar un arma y estar “habilitado” por el Estado para ejercer violencia sobre el resto de las personas significara, de alguna manera, no tenerlo—, el juicio recayó sobre 13 de los cientos de efectivos policiales dedicados aquel 20 de diciembre a concretar las órdenes represivas que vinieron de arriba. En comparación con la de Mathov, Santos, Gaudiero y Andreozzi, estos 13 fueron y son considerados “responsables directos” de algunas lesiones y algunas muertes —a lo largo de 15 años la Justicia no logró identificar a los asesinos de Diego Lamagna, Gastón Riva y Carlos Almirón—, aunque el delito que se les endilgó a la mayoría de ellos no fue específicamente el de homicidio. Por si eso no alcanzara para llenar la necesidad de reparación que buscan los familiares de las víctimas desde que parte de sus vidas quedó suspendida para siempre aquel diciembre, el TOF 6 absolvió o sobreseyó a muchos de los acusados. En el lugar de ellos, habría que ser muy optimista para ver algo de líquido en el vaso y un alucinado para ver el recipiente “medio lleno”.

 

Cuando el presidente del tribunal leyó “absuelto” en referencia al comisario inspector Orlando Oliverio, el hijo de Alberto Márquez despegó su cabeza de las muletas en las que la mantuvo apoyada desde el inicio de la lectura y abandonó la sala Amia de los tribunales de Comodoro Py aguantándose en la garganta un grito que liberó en el hall del subsuelo de ese edificio: “Hijos de mil putas”. Existen testimonios, y filmaciones que los confirman, que ubican a Oliverio, aquel 20 de diciembre, a bordo de una Ford Ranger que avanzó a todo lo que daba por la 9 de Julio y frenó a metros de donde Márquez estaba parado. De su interior, surgieron los disparos que lo mataron, y que también hirieron a los sobrevivientes Paula Simonetti y Martín Galli. En esa Ford también iban los agentes Gonzalo Firpo Castro y Norberto Sabbino. Hicieron el mismo recorrido un Peugeot 504, con los efectivos Roberto Juárez, Sebastián Saporiti y Eugenio Figueroa a bordo, y un Fiat Palio, integrado por el ex subcomisario Carlos José López, el auxiliar Horacio Berardi y Mario Seia. Para Oliverio, el abogado de la familia de Márquez había solicitado 25 años de prisión; 20 para Firpo Castro, López y Juárez; y 16 para Sabbino, Seia, Saporitti, Berardi y Figueroa. Además de Oliverio, el tribunal también absolvió a estos últimos cinco. Solo condenó a López, Juárez y Firpo Castro, por el “homicidio en agresión” de Márquez. La figura no solo ubica a la víctima en actitud de ataque, sino que además da a entender que no se pudo identificar con precisión a quien disparó los tiros mortales. Los condenó a tres y seis años de prisión. “Estos tipos estaban identificados como los asesinos de Alberto y el tribunal se cagó en todo nuestro trabajo, en toda nuestra paciencia, en todos estos años de dolor”, protestó al viento Marta Pinedo, la viuda de Márquez.

 

LA MEMORIA

 

“A los muertos del 20 los vamo’ a vengar. Con la lucha, con la lucha po-pu-laaar.” En una especie de solo desgarrado, Sergio “Cherco” Smietniansky, referente de la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional (Correpi) y compañero de militancia en ese marco de “Petete” Almirón, marcó breve el ritmo del llanto de los familiares de las víctimas y sobrevivientes. Pese a la importancia política de la condena, dejó un sabor amargo en su análisis concreto e inmediato: condenas cortas, en algunos casos mínimas; libertad. La responsabilidad de lo pequeño de los castigos recae en el Código Penal de la Nación, que no permite solicitar mayores penas. Las absoluciones ya corren por cuenta del Poder Judicial y sus vericuetos para justificar el accionar del que tiene más poder por sobre el débil. ¿Quién es el peligroso en una sociedad si quien tiene que velar por el cumplimiento de los derechos de todos en el marco de la convivencia colectiva entiende que un hombre parado al lado de un auto ejerció un accionar violento en contra de una decena de policías armados y a bordo de vehículos? ¿Quién tiene la responsabilidad de cuidar a los ciudadanos? ¿Qué implica no cumplirla?